No puedo pagar mis deudas y no tengo bienes

No puedo pagar mis deudas y no tengo bienes

¿Qué hacer si no se puede hacer frente a las deudas y no se dispone de bienes? Debido a la situación de crisis económica, muchas familias se hallan en el siguiente escenario: una hipoteca pendiente, un sinfín de créditos personales y un buen número de deudas acumuladas en las tarjetas de crédito por importes desorbitados.

A esta situación se suman la situación de desempleo o unos ingresos precarios. Con un panorama de estas magnitudes, a la presión por falta de liquidez se une la presión psicológica que supone el estar perseguido por los acreedores.

De este modo, los intereses van creciendo y las deudas se hacen todavía aún mayores. Se trata de una situación angustiante que, por desgracia, es muy común en nuestro país. Es el sobrendeudamiento y surge cuando se contraen más deudas de las que se pueden afrontar.

Consejos para hacer frente a las deudas

Si se tiene una deuda lo primero que una persona ha de hacer es asumirlo, en lugar de meter la cabeza bajo tierra cual avestruz. En estos casos, el consejo más recomendable es afrontar la situación ante los acreedores.

La mejor ayuda que se puede recibir vendrá de la mano de un abogado especialista en deudas bancarias. Este nos puede indicar, de la mejor manera posible, cómo debemos tratar el proceso de negociación con nuestros acreedores.

En segundo lugar y ligado a este primer consejo, es acudir a la entidad bancaria y plantearle la situación de forma clara. Mostrar que tenemos voluntad de arreglar la situación es clave para lograr negociaciones positivas.

En este caso, el acreedor puede optar por una refinanciación de la deuda, ofrecer un periodo de carencia o una extensión del plazo con cuotas más asequibles.

El tercer consejo viene de la mano del ámbito legal. Existen otras herramientas como la Ley de la Segunda Oportunidad o la Dación en Pago. Estas alternativas son más sensatas ante deudas desorbitadas o hipotecas.

Es recomendable que, en este supuesto, se recurra a un profesional para iniciar alguno de estos recursos. De esta manera, podemos obtener una nueva perspectiva económica.

¿Y si dejamos de pagar nuestras deudas? En este supuesto, hasta la tercera cuota impagada la deuda se magnifica. Tras ello, lo más probable es que se inicien acciones por vía judicial.

El juez puede determinar la ejecución del cobro de deudas y el embargo de nóminas, bienes, automóviles o viviendas.

Si nos encontramos en una situación en la que no contamos con ninguno de los bienes enumerados, las acciones se emprenderán contra los avalistas. Ellos serán quienes se hagan cargo de la deuda con su patrimonio.

Por lo tanto, el principal consejo reside en recurrir a un profesional, que será quien nos guíe para que podamos afrontar la situación.

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